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PARA
LA SOLICITUD DE DOMINIOS.
PROPÓSITO
Estas políticas muestran el procedimiento y requerimientos para
la solicitud de dominio por parte de instituciones conectadas a RedUNAM.
ESPECIFICACIONES
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Se entiende por "Asignar" al hecho de autorizar a los responsables
de una Dependencia la utilización de un dominio con el objetivo
de asociarlo a sus direcciones IP, así como la posibilidad de enviar
solicitudes de ALTAS y/o BAJAS de nombres, alias y/o mail exchangers relacionados
al mismo.
Cualquier solicitud o trámite de asignación debe ser realizado
mediante los formatos y procedimientos establecidos por NICunam, que es
el encargado de la administración de este recurso de Internet para
RedUNAM. |
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DOMINIOS
BAJO UNAM.MX
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Este
tipo de dominios solo pueden ser asignados a las Dependencias a las
que ya se les haya asignado un rango de direcciones IP con anterioridad.
El
nombre del dominio debe cumplir con las siguientes normas:
a)
Su longitud puede ser de 14 caractéres como máximo.
b) Los caractéres permitidos son letras, números y/o
guiones (-).
c) Un nombre de dominio no puede empezar ni terminar con guión.
d) No se aceptan guiones bajos (_).
e)
Se recomienda que el nombre de dominio haga referencia al nombre de
la Dependencia o a sus iniciales
La solicitud
de asignación de dominio deberá hacerse por medio del
formato de Web o, en su defecto, a través de correo electrónico.
a) Solicitud a través de Web:
- Accesar el URL http://www.nic.unam.mx
- Accesar la liga: FORMAS DE REGISTRO
- Accesar la liga: Solicitud
de Dominios
- Llenar los campos de la forma de registro con los datos correctos.
b) Solicitud a través de Correo Electrónico:
- Bajar el formato de texto vía FTP y seguir las instrucciones
indicadas al final del archivo: ftp://ftp.nic.unam.mx/Formas/Dominio-Solicitud
La información
contenida en la solicitud será verificada y ratificada de acuerdo
a la Base de Datos de NICunam. En caso de encontrarse información
falsa o no congruente, la solicitud será rechazada y se notificará
a los responsables de la Dependencia y al solicitante.
Las
solicitudes serán procesadas de acuerdo al orden en que se
reciban.
Alguno
de los responsables de la red local podrán gestionar la Solicitud
de Dominio, para ello será necesario tener NIC-Handle de contacto
autorizado y el NIC-Handle de la institución conectada a RedUNAM.
Los
tipos de movimientos que se pueden realizar sobre los dominios son:
a) ALTA. La Dependencia debe tener al menos un rango de direcciones
IP y toda la información de responsables de red, en orden.
b) BAJA. Solo podrá ser realizada siempre y cuando el dominio
exista y provenga de alguno de los responsables de red. La BAJA denota
que los servidores de nombres centrales de RedUNAM dejarán
de anunciar el dominio y la información relacionada con éste.
Los
servidores de nombres para los dominios solicitados por las Dependencias
y usuarios, serán los servidores de nombres centrales y oficiales
de RedUNAM.
Tanto
el responsable administrativo como técnico deberán conocer
y respetar estas políticas, haciéndolas del conocimiento
de todos sus usuarios.
Se entiende por dominio independiente de UNAM.MX, a todo aquel dominio
que se desee asociar a un host o conjunto de hosts de una Dependencia
de la UNAM con el fin de albergar servicios de Internet (principalmente
WWW y Correo Electrónico) ajenos a la UNAM pero con objetivos en
el ámbito educativo, recreativo y/o cultural.
Este caso puede surgir por algún proyecto donde intervenga alguna
dependencia de la UNAM con alguna o algunas instituciones ajenas a la
UNAM, de tal manera que se forme una organización, publicación,
evento, etc. Para la asignación de este tipo de dominios aplican
los puntos mencionados en "Dominios bajo UNAM.MX" y se complementan
con los siguientes:
NICunam
será un intermediario en el registro de este tipo de dominios
y siempre deberá de figurar como Contacto Técnico
de los mismos. El solicitante será responsable del pago y correcto
uso del dominio.
De acuerdo
al dominio solicitado, se tratará con determinada Agencia Registradora.
- Los dominios nacionales se registran ante NIC-Mexico. |mx cctld|
- Los dominios genéricos se registran ante Network Solutions.
|gtld|
- Los dominios para instituciones educativas se registran ante Educause.
|edu|
Los
tipos de movimientos que se pueden realizar sobre los dominios independientes
a UNAM.MX son:
a) ALTA. La Dependencia debe tener al menos un rango de direcciones
IP y toda la información de responsables de red, en orden.
b) BAJA. Solo podrá ser realizada siempre y cuando el
dominio exista y provenga de alguno de los responsables de red. La
BAJA denota que los servidores de nombres centrales de RedUNAM dejarán
de anunciar el dominio y la información relacionada con éste.
Así mismo, se dará de baja el dominio ante la Agencia
Registradora.
c) TRANSLADO. Esté tipo de trámite implica el
dejar funcionando el dominio y sólo se aplicará un cambio
de Contactos y Servidores de Nombres.
Dicho
trámite sólo podrá ser realizado siempre y cuando
el dominio exista y provenga de alguno de los responsables de red.
Existen dos circunstancias en las cuales se puede dar el translado
de un dominio:
- Translado de dominio de RedUNAM a otro ISP: En este caso, se quitará
de la base de datos de los servidores de RedUNAM para que otro(s)
Servidores de Nombres pueda(n) tomarlo. Se requerirá que el
solicitante gestione los cambios necesarios ante la Angencia Registradora
pertinente para quitar a NICunam como contacto técnico y también
quitar a los cuatro Servidores de Nombres Centrales de RedUNAM.
- Translado de dominio de otro ISP a RedUNAM: En este caso, NICunam
dará de alta el dominio en la configuración de los cuatro
Servidores de Nombres Centrales de RedUNAM. Se requiere que el solicitante
getione los cambios ante la Agencia Registradora pertinente, para
espeficiar que NICunam será el nuevo contacto técnico
del dominio y, de igual formar, especificar a los cuatro Servidores
de Nombres Centrales de RedUNAM.
Asignación
para Dependencias de la UNAM.
a) Se debe enviar una justificación detallada y concreta
de la razón de asociar un dominio de este tipo a hosts de la
UNAM.
b) Para que la solicitud pueda proceder, los hosts a los cuales
se asociaría el dominio deben de pertenecer a un dominio bajo
UNAM.MX previamente.
c) Por norma, el organismo facultado para autorizar y administrar
los servidores de nombres para este tipo de dominios es NICunam.
d) La solicitud de dominios de tipo comercial (com,net), o
de asociación civil (org) son sujetos a aprobación,
independientemente de su justificación.
e) En este tipo de dominios se aplican las Políticas
de NIC-México e InterNIC en cuanto a longitud máxima
y caractéres permitidos.
f) Cumplir con el formato de solicitud.
Asignación
a Usuarios con Servicio de Alojamiento de equipo de cómputo.
a) De acuerdo a los convenios y contratos para este tipo de
servicio, el domino deberá ser solicitado a NICunam debido
a que la dirección IP que se asigna al equipo pertenece a la
UNAM.
b) En este tipo de dominios se aplican las Políticas
de NIC-México e InterNIC en cuanto a longitud máxima
y caractéres permitidos.
c) Cumplir con el formato de solicittud
Este movimiento procederá siempre y cuando haya concenso a nivel
de los usuarios del dominio. La información relacionada a los
responsables y la institucion deberá permanecer igual.
Para este proceso, NICunam mantiene activo el dominio viejo por un período
de 60 días y lo elimina una vez concluido dicho lapso. El dominio
nuevo queda trabajando junto con el viejo; esto es con el fin de evitar
problemas de recepción de correo electrónico y dar tiempo
a la publicidad del nuevo dominio.
Después de 60 días, NICunam no se hace responsable por
problemas relacionados con el dominio viejo debido a falta de publicidad
y planeación por parte de los responsables.
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